- INSTITUCIONAL
- UNIFORMIDAD
MATERIAL TÁCTICO
ESCRITORIO
DOCUMENTOS OFICIALES
- JOYERÍA
- REGALOS
Juegos – copas vidrio
Vino
Carteras para placas.
Carteras señora
Carteras – Tarjeteros
Monederos
Artículos infantiles
Emblemas – Parches
Pulseras
Llaveros
Pines corporativos
Pines
Pegatinas
Imanes
Tazas – Botellas
ECO
Librería
Navajas
Cristal
Mecheros
Linternas
Animales
Regalos varios
Navidad
Textiles
- TECNOLÓGICO
- TEXTIL
La disposición final primera de la Orden del Ministerio de Justicia e Interior de 28 de febrero de 1996, por la que se regula la utilización por parte de los armeros de procedimientos informáticos para llevar los libros-registro y cumplimentar otras obligaciones documentales establecidas en el Reglamento de Armas, faculta a la Dirección General de la Guardia Civil a determinar las características del soporte y diseño del registro informático de dichos documentos.
Por ello y con el fin de que los armeros interesados puedan cumplir con sus obligaciones por los mencionados procedimientos, La Dirección General de la Guardia Civil ha dispuesto lo siguiente:
Se aprueban las características del soporte y diseño del registro informático, que figuran a continuación, a las que obligatoriamente deberán ajustarse los armeros que deseen llevar los libros-registros y otras obligaciones documentales por procedimientos informáticos
Libro de entrada y salida de armas
La información de las hojas del libro de entrada y salida de armas, registrada en los distintos soportes, deberá almacenarse según los campos que se especifican y siguiendo el mismo orden.